Gracias a lo dispuesto en el articulo 14.4 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, el Gobierno y altos cargos deben publicar sus bienes, derechos y obligaciones patrimoniales. Pues bien, el Gobierno cumpliendo esta ley presenta lo siguiente:
Cargo: Presidente del Gobierno.
Nombre: José Luis Rodríguez Zapatero.

I. Activo:
1. Bienes inmuebles (según valor catastral): 37.258,67 €.
2. Valor total de otros bienes: 171.947,46 €.
3. Total: 209.206,13 €*.
II. Pasivo: (Créditos, préstamos, deudas, etc.): 80.847,89 €.
* Incluye bienes y derechos provenientes de herencia familiar.
Cargo: Ministra de Defensa.
Nombre: Carmen María Chacón Piqueras.
I. Activo:
1. Bienes inmuebles (según valor catastral): 107.061,05 €.
2. Valor total de otros bienes: 49.657,82 €.
3. Total: 156.718,87 €.
II. Pasivo: (Créditos, préstamos, deudas, etc.): 358.382,27 €.
Cargo: Secretario de Estado de Seguridad.
Nombre: Antonio Camacho Vizcaíno.
I. Activo:
1. Bienes inmuebles (según valor catastral): 102.470,79 €.
2. Valor total de otros bienes: 11.437,94 €.
3. Total: 113.908,73 €*.
II. Pasivo: (Créditos, préstamos, deudas, etc.): 454.173,67 €.
* Incluye bienes y derechos provenientes de herencia familiar.
Cargo: Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial.
Nombre: Manuel Chaves González.
I. Activo:
1. Bienes inmuebles (según valor catastral): 46.502,42 €.
2. Valor total de otros bienes: 22.461,87 €.
3. Total: 68.964,29 €.
II. Pasivo: (Créditos, préstamos, deudas, etc.):
Estos por poner algunos, la relación completa la tienen aquí por si tienen curiosidad y ganas de reirse (o enfadarse) http://www.boe.es/boe/dias/2009/10/15/pdfs/BOE-A-2009-16468.pdf
Increible que el presidente ZP haya conseguido ahorrar tras 18 años de diputado y 6 de presidente sin ningún gasto la friolera de 200.000 € (sumada la herencia que de otra forma sería menos) y encima teniendo que pedir prestado 80.000 € al banco. Increible y peligroso lo de Carmen Chacón y Antonio Camacho, ambos técnicamente en quiebra. Increible, aberrante, indignante, y todo lo que se pueda decir es poco sobre el patrimonio que presenta D. Manuel Chaves que después de mas de veinte años presidiendo la Junta de Andalucia sólo reune 68.000 €.
Lo primero que se debe hacer es... ¿estan cumpliendo la ley que dicen cumplir? Si es así y pueden presentar estos datos que no se los cree ni el más tonto de la tierra, que se cambie inmediatamente. Si no la están cumpliendo... ¿Alguien se atreverá a denunciarlo?
¿Y qué dice la ley? Aqui está el enlace: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l5-2006.html
Artículo 11. Declaración de actividades.
1. Los altos cargos están obligados a efectuar una declaración de las actividades que desempeñen por sí o mediante sustitución o apoderamiento y, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, de aquellas que vayan a realizar una vez que hubiesen cesado en el desempeño de los cargos, ante el Registro de Actividades de Altos Cargos al que se refiere el artículo 14.2, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Igualmente están obligados a efectuar la declaración a que se refiere el apartado 1 del artículo 7 de esta Ley.
2. La declaración de actividades que desempeñan se efectuará en el improrrogable plazo de los tres meses siguientes a las fechas de toma de posesión y cese, respectivamente, en el alto cargo, así como cada vez que el interesado inicie una nueva actividad.
La declaración a que se refiere el apartado 1 del artículo 7 se efectuará en el plazo de tres meses desde la toma de posesión.
La declaración de actividades que vayan a realizar una vez que hubiesen cesado en el desempeño de los cargos se efectuará con carácter previo al inicio de la actividad.
3. La Oficina de Conflictos de Intereses examinará las declaraciones y, de apreciar defectos formales, requerirá su subsanación al interesado.
Artículo 12. Declaración de bienes y derechos.
1. Quienes tengan la condición de alto cargo están obligados a formular en el Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos, en los términos que reglamentariamente se establezcan, una declaración patrimonial, comprensiva de la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones. Voluntariamente, su cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad podrá formular esta declaración, que será aportada por el alto cargo.
La declaración patrimonial comprenderá, al menos, los siguientes extremos:
Los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que posean.
Los valores o activos financieros negociables.
Las participaciones societarias.
El objeto social de las sociedades de cualquier clase en las que tengan intereses el alto cargo, su cónyuge, sea cual sea el régimen económico matrimonial o persona que conviva en análoga relación de afectividad e hijos dependientes y personas tuteladas.
Las sociedades participadas por aquellas otras que sean objeto de declaración según el apartado c) con señalamiento de sus respectivos objetos sociales.
2. La declaración a que se refiere el apartado 1 de este artículo se efectuará en el improrrogable plazo de tres meses siguientes a las fechas de toma de posesión y cese, respectivamente, en el alto cargo.
3. Los altos cargos aportarán junto con las declaraciones iniciales y las del cese, así como anualmente, una copia de la última declaración tributaria correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre el Patrimonio que haya tenido obligación de presentar el declarante ante la Administración tributaria. También se podrá aportar la declaración voluntaria de su cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad referida a estos tributos. Dichas declaraciones se depositarán en el Registro como información complementaria, rigiéndose el acceso a las mismas por su normativa específica.
4. La declaración anual correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, al Impuesto sobre el Patrimonio, a que hace referencia el apartado anterior, se presentará en el improrrogable plazo de tres meses desde la conclusión de los plazos legalmente establecidos para su presentación.
5. El Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales recibirá las declaraciones y las copias y de apreciarse defectos formales, se requerirá su subsanación al interesado.
Recientemente los inspectores de Hacienda plantearon un plan nuevo con el que se podría llegar a recaudar 100.000 millones, siendo clave la economia sumergida. Pues bien señores inspectores de Hacienda... !ya saben por donde empezar!
Empiecen por esta lacra de Gobierno que tenemos, que no dimitirá hasta que no nos hunda.
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